PREGUNTAS RELACIONADOS AL TEMA
1. Según el artículo 1, ¿qué se entiende por cambio climático? 2. ¿De qué está encargado la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático? 3. ¿Qué tiene por objetivos esta Convención? 4. ¿Qué examina regularmente la Conferencia de las Partes? 5. ¿Cuáles son los protocolos de la Convención?
BIBLIOGRAFIA
BIEN.
ResponderEliminarRESPUESTAS:
ResponderEliminar1. Es la modificación del clima con respecto al historial climático a una escala global o regional. Tales cambios se producen a muy diversas escalas de tiempo y sobre todos los parámetros climáticos: temperatura, precipitaciones, nubosidad, etc. Son debidos tanto a causas naturales como antropogénicas.
2. desarrollar un régimen internacional de cambio climático que promueva la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a niveles que no causen daños adversos en los sistemas socio-naturales, permitiendo a los ecosistemas adaptarse con anticipación y no detener el desarrollo socio-económico de los pueblos.
3.Lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático y en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurando que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitiendo que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.
4. Examina la aplicación de la Convención y los compromisos de las Partes en función de los objetivos de la Convención, los nuevos descubrimientos científicos y la experiencia conseguida en la aplicación de las políticas relativas al cambio climático. Una labor fundamental de la CP es examinar las comunicaciones nacionales y los inventarios de emisiones presentados por las Partes. Tomando como base esta información, la CP evalúa los efectos de las medidas adoptadas por las Partes y los progresos realizados en el logro del objetivo último de la Convención.
5.
°La Conferencia de las Partes podrá, en cualquier periodo ordinario de sesiones,aprobar protocolos de la Convención.
°La secretaria comunicar· a las Partes el texto de todo proyecto de protocolo por lo menos seis meses antes de la celebración de ese periodo de sesiones.
°Las condiciones para la entrada en vigor del protocolo serán establecidas por ese instrumento.
°Solo las Partes en la Convención podrán ser Partes en un protocolo.
°Solo las Partes en un protocolo podrán adoptar decisiones de
conformidad con ese
protocolo.